Fecha de Publicación: 13/07/1994
Página: 63-A
Carilla: 3

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 5

   (Sesiones del Plenario).- El Plenario de la Comisión Técnica Asesora
de Ordenamiento Territorial se reunirá, en sesión ordinaria una vez al
año, y en sesión extraordinaria por convocatoria de su Presidente, a
requerimiento de éste o por la solicitud de por lo menos seis de sus
miembros.
   El Plenario sesionará válidamente cualquiera sea el número de
miembros de presentes, y resolverá, si ello fuera necesario, por mayoría
simple de miembros presentes.
   El Presidente del Plenario tendrá doble voto en caso de empate.
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