Fecha de Publicación: 01/10/2013
Página: 9
Carilla: 9

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Decreto 310/013

Asígnase nueva ubicación a la Sede del Centro de Instrucción de
Infantería.
(1.747*R)

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

                                       Montevideo, 24 de Setiembre de 2013

VISTO: la gestión promovida por el Comando General del Ejército a los
efectos de modificar los artículos 1ro. y 2do. del Decreto 149/989 de 11
de abril de 1989 en la redacción dada por el Decreto 42/998 de 17 de
febrero de 1998.

CONSIDERANDO: I) que resulta necesaria la adecuación del mencionado
Decreto en virtud del cambio de Sede del Centro de Instrucción de
Infantería (C.I.I.), el cual pasará a funcionar en la Sede de la Brigada
"General Eugenio Garzón" de Infantería No. 1.

II) que el Director del mencionado Centro pasará a depender directamente
del Comandante de la Brigada "General Eugenio Garzón" de Infantería Nro.
1.

ATENTO: a lo precedentemente expuesto.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Asignar nueva ubicación a la Sede del Centro de Instrucción de Infantería
creado por el artículo 1ro. del Decreto 149/989 de 11 de abril de 1989, el
que funcionará en la Sede de la Brigada "General Eugenio Garzón" de
Infantería Nro. 1, utilizando instalaciones e infraestructura
administrativa de la misma.

Artículo 2

 Pasar la Dirección del Centro de Instrucción de Infantería a depender del
señor Comandante de la Brigada "General Eugenio Garzón" de Infantería Nro.
1, en coordinación con el señor Inspector del Arma de Infantería.

Artículo 3

 Sustituir lo establecido en los Capítulos III, IV y Anexo Nro. 1 del
Reglamento de Organización y Funciones del Centro de Instrucción de
Infantería aprobado por el artículo 2do. del Decreto 149/989 de 11 de
abril de 1989 en la redacción dada por el Decreto 42/998 de 17 de febrero
de 1998, en el sentido de establecer que DONDE DICE: "CAPITULO III
ESTRUCTURA ORGANICA. Dependerá de la Brigada de Infantería Nro. 5 y se
organizará en base a la siguiente estructura:...3.1 Una dirección
integrada por: 3.1.1 Un Teniente Coronel del Arma de Infantería como
Director, dependiendo directamente del señor Comandante de la Brigada de
Infantería Nro. 5."; DEBE DECIR: CAPITULO III. ESTRUCTURA ORGANICA.
Dependerá de la Brigada "General Eugenio Garzón" de Infantería Nro. 1 y se
organizará en base a la siguiente estructura:...3.1 Una dirección
integrada por: 3.1.1 Un Teniente Coronel del Arma de Infantería como
Director, dependiendo directamente del señor Comandante de la Brigada
"General Eugenio Garzón" de Infantería Nro. 1; DONDE DICE: "CAPITULO IV.
DISPOSICIONES GENERALES. 4.1 El Centro de Instrucción de Infantería
funcionará en la Sede de la Brigada de Infantería Nro. 5 utilizando las
instalaciones e infraestructura administrativa de la misma."; DEBE DECIR:
CAPITULO IV. DISPOSICIONES GENERALES. 4.1 El Centro de Instrucción de
Infantería funcionará en la Sede de la Brigada "General Eugenio Garzón" de
Infantería Nro. 1 utilizando las instalaciones e infraestructura
administrativa de la misma.

Artículo 4

 Sustituir lo establecido en el Anexo No. 1 Organigrama del Centro de
Instrucción de Infantería aprobado por el artículo 3ro. del Decreto
149/989 de 11 de abril de 1989 en el sentido de establecer que DONDE DICE:
"Anexo Nro. 1. ESTRUCTURA ORGANICA. CENTRO DE INSTRUCCION DE INFANTERIA.
"Ver información adicional en el Diario Oficial impreso o en la imagen
electrónica del mismo."
DEBE DECIR: Anexo Nro. 1. ESTRUCTURA ORGANICA. CENTRO DE INSTRUCCION DE
INFANTERIA.
"Ver información adicional en el Diario Oficial impreso o en la imagen
electrónica del mismo."

Artículo 5

 Comuníquese, publíquese. Cumplido, archívese.-

DANILO ASTORI, Vicepresidente de la República en ejercicio de la
Presidencia; ELEUTERIO FERNÁNDEZ HUIDOBRO.
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