Fecha de Publicación: 04/12/2015
Página: 7
Carilla: 7

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Artículo 7

   Costo de los trámites: El trámite de solicitud de residencia permanente iniciado en el Ministerio de Relaciones Exteriores y/o en las Oficinas Consulares de la República en el exterior no tendrá costo. 
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