PODER EJECUTIVO MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
El Ministro de Relaciones Exteriores, por Resolución fundada, podrá delegar en la Dirección General para Asuntos Consulares y Vinculación las atribuciones establecidas en el artículo 33 de la Ley 18.250 en la redacción dada por la Ley N° 19.254.Ayuda