Fecha de Publicación: 06/02/2026
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Carilla: 10

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS

Artículo 31

   La Administración Nacional de Puertos en el marco de los lineamientos estratégicos relacionados con la eficiencia y eficacia en la gestión, se compromete al cumplimiento de los Compromisos de Gestión que figuran en el Anexo 9, los que forman parte integrante del presente Decreto.
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