Fecha de Publicación: 29/07/1993
Página: 91-A
Carilla: 3

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Fe de erratas publicada/s: 24/08/1993.

Artículo 19

   (Plazo de prueba). Dentro del plazo de 60 días corridos contados a partir del siguiente al de la fecha de publicación de la resolución disponiendo la apertura de la investigación, la Comisión de aplicación deberá recibir todos los elementos de prueba que presente las partes interesadas y requerir los informes que fuesen necesarios.
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