Fecha de Publicación: 02/10/2013
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Carilla: 8

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Artículo 4

 Todos los funcionarios del Banco de Previsión Social, quedan agrupados en
los siguientes escalafones:

El escalafón "R" Gerencial, comprende los cargos presupuestales y
contratos de función pública que recaen en las más altas jerarquías dentro
del Organismo, comprendiendo el desarrollo de actividades de
planificación, organización, coordinación y control, tendientes al logro
de los objetivos estratégicos del Banco.

El escalafón "A" Profesional Universitario, comprende los cargos
presupuestales y contratos de función pública a los que sólo pueden
acceder los profesionales, liberales o no, que posean título universitario
expedido, reconocido o revalidado por las autoridades competentes, y que
correspondan a planes de estudios de duración no inferior a cuatro años.

El escalafón "B" Técnico Universitario, comprende los cargos
presupuestales y contratos de función pública de quienes hayan obtenido
una especialización de nivel universitario o similar, que corresponda a
planes de estudio cuya duración deberá ser equivalente a dos años, como
mínimo, de carrera universitaria liberal y en virtud de los cuales hayan
obtenido título habilitante, diploma o certificado. También incluye a
quienes hayan aprobado no menos del equivalente a tres años de carrera
universitaria incluida en el escalafón profesional "A".

El escalafón "C" Administrativo comprende los cargos presupuestales y
contratos de función pública con actividades de registro, clasificación,
análisis, manejo y archivo de datos y documentos, así como, toda otra
actividad no incluida en otro escalafón.

El escalafón "D" especializado, comprende los cargos presupuestales y
contratos de función pública que tienen asignadas tareas en las que
predomina la labor de carácter intelectual para cuyo desempeño fuere
menester conocer técnicas impartidas normalmente por centros de formación
a nivel medio o en los primeros años, de los cursos universitarios de
nivel superior. La versación en determinada rama del conocimiento deberá
ser acreditada en forma fehaciente.

El escalafón "E" de Oficios, comprende los cargos presupuestales y
contratos de función pública que tienen asignadas tareas en las que
predominan el esfuerzo físico o habilidad manual o ambos y requieran
conocimiento y destreza en el manejo de máquinas o herramientas. La
idoneidad exigida deberá ser acreditada en forma fehaciente.

El escalafón "F" servicios auxiliares, comprende los cargos presupuestales
y contratos de función pública que tienen asignadas tareas de limpieza,
portería, manejo de vehículos, transporte de materiales o expedientes,
vigilancia, conservación y otras tareas similares.
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