Incompatibilidades y Requisitos.
Las personas que integren el Comité de Expertos, tendrán las siguientes incompatibilidades:
a. Cargo de funcionario público presupuestado o contratado, o cualquier
otro vínculo de prestación de servicios personales al Estado, con
excepción del ejercicio de labores académicas, de investigación o
docencia en la Universidad de la República.
b. Reconocida actividad político-partidaria.
c. Ocupar cargos de presidente o alto ejecutivo de una entidad
financiera.
Las instituciones que integren el Comité de Expertos deberán cumplir
con los siguientes requisitos:
a. Estar establecidas en el país o tener representación permanente en
el mismo, con excepción de organismos multilaterales de crédito
quienes no podrán integrar dicho Comité.
b. Tener personería jurídica de derecho privado, con excepción de la
Universidad de la República.