Fecha de Publicación: 04/09/1995
Página: 418-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 37

   Información en el Rótulo - El rótulo del plano se ubicará en la parte
superior del rectángulo definido en el segundo párrafo del artículo 33º.
   En él se indicará:
- el título y subtítulo del plano que identifica la operación realizada
según las definiciones de los artículos, 10, 11 y 12.
- nombre del Departamento.
- la Sección Catastral o Localidad Catastral según corresponda.
- el Paraje en planos de inmuebles rurales (opcional).
- la identificación de la Lámina y Cuadrícula, Carpeta Catastral o
Manzana, según corresponda.
- el número de padrón o padrones objeto del plano.
- área de la o las parcelas.
- nombre del propietario o poseedor, según corresponda.
- la fecha de expedición del plano.
- la firma de puño y letra del profesional actuante en tinta indeleble.
- la contrafirma o aclaración de firma
- logotipo (opcional).
- el número de matrícula del profesional.
- firma del propietario o poseedor según el artículo 12, en las copias
transparentes.
- cuando el plano conste de varias láminas, la leyenda "lámina nn de tt",
siendo nn el número ordinal de la lámina y tt el total de láminas del
plano.
- la escala numérica.
   Los números de padrón, áreas, nombres y firmas de propietario podrán
referirse en planilla en zona de gráficos.
Ayuda