Fecha de Publicación: 22/12/2015
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Carilla: 10

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Artículo 49

   Autorícese al Banco de Previsión Social a contratar técnicos y/o profesionales suplentes en la Gerencia de Salud, con cargo a la partida disponible en el Objeto 032301 del Presupuesto Operativo. 
   De las contrataciones realizadas deberá elevarse informe a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, Oficina Nacional del Servicio Civil y al Tribunal de Cuentas, al 30 de junio y 31 de diciembre de cada ejercicio, detallando nombre, especialidad, período de contratación, remuneración y toda información adicional sobre lo actuado.
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