PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Artículo 2
(Partidas)
Las Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares de la República acreditadas en el Exterior contarán con las siguientes partidas de funcionamiento:
A- Partida de Arrendamiento.
B- Partida de Contrataciones.
C- Partida de Gestión y Mantenimiento.
D- Partida de Etiqueta.
E- Partida de Ayuda de Vivienda.
Adicionalmente, en situaciones específicas podrán recibir partidas para atender el financiamiento de gastos generados por los siguientes conceptos:
a. Instalación.
b. Reinstalación.
c. Visita Presidencial.
d. Gastos culturales con cargo al Fondo de Cultura.
e. Gastos extraordinarios.
f. Gastos extraordinarios con cargo a fondos de terceros.