Fecha de Publicación: 23/10/2018
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PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Artículo 2

   (Partidas)
   Las Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares de la República acreditadas en el Exterior contarán con las siguientes partidas de funcionamiento:

   A-   Partida de Arrendamiento.
   B-   Partida de Contrataciones.
   C-   Partida de Gestión y Mantenimiento.
   D-   Partida de Etiqueta.
   E-   Partida de Ayuda de Vivienda.

   Adicionalmente, en situaciones específicas podrán recibir partidas para atender el financiamiento de gastos generados por los siguientes conceptos:

   a.   Instalación.
   b.   Reinstalación.
   c.   Visita Presidencial.
   d.   Gastos culturales con cargo al Fondo de Cultura.
   e.   Gastos extraordinarios.
   f.   Gastos extraordinarios con cargo a fondos de terceros.
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