(Incorporaciones obligatorias y exclusiones)
Las Instituciones de Asistencia Médica Privadas, colectivas o
particulares, estarán obligadas a brindar a los afiliados, asociados,
usuarios o contratantes los medicamentos incorporados al VAM como
consecuencia de las actualizaciones periódicas que se realicen, a partir
del acto administrativo dictado por el Poder Ejecutivo que así lo
disponga.
En los casos de exclusiones, las Instituciones podrán continuar brindando
los medicamentos retirados o excluidos del VAM, salvo decisión en
contrario.