Decreto 323/019
Modifícase el Decreto 329/016 de fecha 13 de octubre de 2016.
(4.341*R)
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Montevideo, 4 de Noviembre de 2019
VISTO: el régimen de incentivos tributarios dispuesto por el Decreto N° 329/016 de 13 de octubre de 2016.
RESULTANDO: que dicho decreto establece el 31 de diciembre de 2021 como plazo máximo para ejecutar las inversiones comprendidas en el proyecto de inversión.
CONSIDERANDO: que es conveniente extender el referido plazo para que las empresas que aún no han podido comenzar con la ejecución de las obras, puedan hacerlo computando las inversiones ejecutadas dentro del período de 36 (treinta y seis) meses que dispone la norma reglamentaria.
ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto por la Ley N° 16.906 de 7 de enero de 1998, y a que se cuenta con la opinión favorable de la Comisión de Aplicación a que refiere el artículo 12 de dicha Ley,
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Agrégase al artículo 3° del Decreto N° 329/016 de 13 de octubre de 2016, el siguiente inciso:
"El plazo a que refiere el inciso anterior se extenderá hasta el
31 de diciembre de 2022, siempre que la obra se inscriba ante el
Banco de Previsión Social hasta el 31 de diciembre de 2019 y se
comience la ejecución de la misma antes del 15 de enero de
2020."