Fecha de Publicación: 20/06/1988
Página: 609-A
Carilla: 15

MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA

Artículo 3

   Fíjase el período de venta de plantas entre el 4 de abril y el 14 de
octubre de 1988, para las especies forestales y del 4 de abril al 11 de
noviembre de 1988, para las especies ornamentales, en lugar y horario que
indique en su oportunidad la Dirección Forestal.    
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