Fecha de Publicación: 19/07/1994
Página: 375-A
Carilla: 7

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 3

   El Instituto Nacional de Estadística procederá a actualizar y 
publicar mensualmente el valor de dicha unidad, de acuerdo con la 
variación del Indice del Costo de la Construcción de Viviendas de 
Tipologías 9 y 10, de la Encuesta de Indicadores de Actividad y Precios 
de la Construcción en Montevideo, que lleva a cabo el Instituto Nacional 
de Estadística.
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