PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE VIVIENDA Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL
Artículo 12
ASIGNACIÓN PERMANENTE DE TAREAS. En todos los casos en que el número de los cargos definidos para la estructura ANV sea menor a la dotación existente en el Sistema Escalafonario Ley N° 18.125, de 27 de abril de 2007, la asignación permanente de tareas se hará a los funcionarios de este escalafón, teniendo en cuenta la antigüedad en el desempeño efectivo de las tareas asociadas, tanto en el BHU como en la ANV.