Fecha de Publicación: 01/10/2021
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Carilla: 6

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE VIVIENDA Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL

Artículo 15

   PRESUPUESTACIÓN DE FUNCIONARIOS CONTRATADOS EN RÉGIMEN DE FUNCIÓN PÚBLICA. Facúltase al Directorio de la ANV a presupuestar a aquellos funcionarios que se encuentren ejerciendo funciones permanentes que cuenten con una antigüedad mayor a tres años bajo contrato de función pública y tantos otros años bajo cualquier vínculo con el organismo, hasta superar un total de diez años ininterrumpidos.
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