MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA
En cada envase se adosará impreso o se imprimirá, en forma claramente legible, el texto en idioma español de la declaración de identificación del alimento y todas las indicaciones aprobadas que se detallan en el Art. 10° u optativamente, en tarjetas de suficiente resistencia a roturas o desprendimientos. TRANSPORTEAyuda