PRIMA POR ANTIGÜEDAD. El personal del Banco Central del Uruguay percibirá
mensualmente una prima por antigüedad, por cada año de servicio público
(exceptuando el servicio desempeñado como becario o pasante) u otros
servicios reconocidos a los efectos jubilatorios ante la Caja de
Jubilaciones y Pensiones Bancarias. El valor de la prima por antigüedad al
1ro de enero de 2013 es de $ 200, de acuerdo a lo establecido en el
Convenio Colectivo de Trabajo de fecha 26 de diciembre de 2012.
Esta partida se ajustará en función de los mismos parámetros que establece
el artículo 3° de este Decreto para la E.P.U., de acuerdo a lo que
establezcan los convenios vigentes y según las disposiciones que puedan
acordarse en el futuro en materia salarial entre el Poder Ejecutivo, los
representantes de los cuatro Bancos Oficiales y la Asociación de Empleados
Bancarios del Uruguay.