Fecha de Publicación: 26/07/1994
Página: 418-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 3

   Comuníquese a la División Administración Financiero Contable de la
Presidencia de la República y a los correspondientes servicios técnicos
de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina Nacional del
Servicio Civil y de la Contaduría General de la Nación.
Ayuda