Fecha de Publicación: 28/08/2001
Página: 476-A
Carilla: 24

MINISTERIO DE TURISMO

Artículo 3

 Los sujetos pasivos comprendidos en el beneficio establecido en el 
artículo 1º, efectuarán la deducción del Impuesto al Valor Agregado 
incluido en sus compras de bienes de uso, en la proporción que guarden 
las operaciones gravadas del ejercicio respecto al total de 
operaciones.-
Ayuda