Fecha de Publicación: 24/12/2015
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PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

                               Decreto 336/015

Modifícase el Decreto 356/014, que reglamenta el régimen de encomiendas postales internacionales, y derógase al Decreto 506/001.
(2.113*R)

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

                                       Montevideo, 16 de Diciembre de 2015

   VISTO: la necesidad de introducir modificaciones en el régimen de encomiendas postales internacionales.

   CONSIDERANDO: I) que resulta necesario adecuar la reglamentación sobre la materia de acuerdo con las disposiciones legales.

   II) que a efectos de simplificar el procedimiento aduanero y proporcionar mayores certezas a los operadores postales y usuarios, se introducen modificaciones en la forma de valoración de la mercadería.

   III) las condiciones normales de mercado y la forma de valoración referida en el numeral anterior, se entiende pertinente disminuir la cantidad de envíos que podrán recibirse al año, a fin de que no se desvirtúe el régimen.

   IV) que se pretende facilitar que los titulares de las operaciones que no estén comprendidas en la franquicia tributaria, puedan optar por pagar un monotributo a través de un procedimiento de tributación simplificado, en sustitución de toda la tributación a la importación definitiva o aplicable en ocasión de la misma.

   ATENTO: a lo expuesto precedentemente.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Modificase el artículo 4° del Decreto N° 356/014, de 9 de diciembre de 2014, el que quedará redactado de la siguiente forma:

   "La importación y la exportación de mercadería realizada al amparo del régimen de encomiendas postales internacionales de entrega expresa, cuyo valor de factura o declaración de valor no exceda los U$S 200 (doscientos dólares de los Estados Unidos de América), estarán exentas del pago de tributos."

   Dr. TABARÉ VÁZQUEZ, Presidente de la República, Período 2015-2020; DANILO ASTORI.
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