Fecha de Publicación: 26/08/2003
Página: 497-A
Carilla: 7

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 5

 Vigencia. Los beneficios establecidos precedentemente se aplicarán a las 
adquisiciones realizadas entre el 1º agosto de 2003 y el 31 de julio de 
2004.- 
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