En la decisión a adoptarse sobre una solicitud de concesión se tendrá especialmente en cuenta:
1. El cumplimiento por parte del solicitante de todas las condiciones
generales y especiales, relativas a la concesión de que se trate;
2. La capacidad técnica y económica del solicitante para cumplir
adecuadamente las metas y obligaciones emergentes de la concesión;
3. La adecuación técnica de las obras e instalaciones proyectadas por el
postulante para cumplir las metas y obligaciones emergentes de la
concesión;
4. La factibilidad económica y financiación del proyecto,
5. La concordancia del proyecto con las pautas generales establecidas por
el Poder Ejecutivo sobre política energética en general y, en
especial, sobre política en materia de energía eléctrica.