MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGIA
Fe de erratas publicada/s: 15/08/1979.
La tasa de rentabilidad real se calculará por la fórmula siguiente:
I.E - C.E.
r = ------------
B.T.R.
I.E. = Ingresos de Explotación.
C.E. = Costos de Explotación.
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