Fecha de Publicación: 28/12/2015
Página: 22
Carilla: 22

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS

                               Decreto 339/015

Apruébase el Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones de PLUNA, correspondiente al ejercicio 2015.
(2.114*R)

MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
 MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

                                       Montevideo, 16 de Diciembre de 2015

   VISTO: el Proyecto de Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones de las Primeras Líneas Uruguayas de Navegación Aérea correspondiente al ejercicio 2015,

   CONSIDERANDO: que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido su informe y el Tribunal de Cuentas su dictamen,

   ATENTO: a lo establecido en el artículo N° 221 de la Constitución de la República. 

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
                                 DECRETA

Artículo 1

   Apruébanse las partidas presupuestales correspondientes al Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones de las Primeras Líneas Uruguayas de Navegación Aérea correspondientes al ejercicio 2015, de acuerdo con el siguiente detalle: 

Conceptos
$
$
RESULTADO PRESUPUESTARIO.
 
 
1. INGRESOS.
 
12..803.908
 Ingreso del Giro.
12.413.908
 Ajenos al Giro.
390.000
2. GASTOS DE FUNCIONAMIENTO.
 
88.043.566
 Mano de Obra. 
38.111340
 Bienes y Servicios.
 
49.641.371
 Tributos
290.855
3. SERVICIO DE DEUDA.
 
427.205.844
4. INVERSIONES.
 
0
5. RESULTADO PRESUPUESTARIO SUPERAVIT/DEFICIT
 
-502.445.502
6. FINANCIAMIENTO.
 
502.445.502
 Subsidio RRGG.
 
502.445.502
 Funcionamiento.
75.239.658
 Deuda.
427.205.844
 Inversiones.
0
 Deudores.
 
0
I. Presupuesto Operativo
 
515.249.409
0
Grupo 0 Servicios Personales.
 
38.111.339
11.001
Sueldo Básico Personal Presupuestado
5.048.728
 
11.004
Directorio
1.956.600
 
11.005
Aumento mayo/03
0
 
015/016.000
Gastos de Representación
700.224
 
21.000
Sueldo Básico Personal Contratado
6.925.280
 
31.000
Retribuciones Zafrales
675.000
 
44.000
Prima por antigüedad
825.219
 
45.005
Quebranto de Caja 
83.004
 
46.000
Subrogación y acefalías
0
 
48.004
Aumento Decreto 180/85
0
 
48.009
Aumento Decreto 203/92
113.832
 
52.001
Trabajo Nocturno
594.382
 
52.001
Feriados/Descansos Pagos
431.579
 
57.000
Becas y Pasantías
0
 
59.001
Sueldo Anual complementario personal Presupuestado
792.599
 
59.002
Sueldo Anual complementario personal contratado
1.765.949
 
59.003
Sueldo Anual complementario personal zafral
56.250
 
67.000
Prestación por Alimentación
3.214.080
 
72.000
Hogar Constituido
272.676
 
78.000
Salario vacacional
413.618
 
81.000
Aporte Patronal a la Seguridad Social
2.549.428
 
82.000
Fondo Nacional de Viviendas
245.532
 
84.000
FONASA
1.568.879
 
89.000
Fondo de Reconversión Laboral
11.799
 
95.000
Sueldos Básicos Contratos a Término
9.439.144
 
 
Seguros de Personal
427.537
 
1
Grupo 1 Materiales y Suministros
 
3.296.844
2
Grupo 2 Serv. No Personales
 
46.344.527
3
Tributos 
 
290.855
4
Activos Financieros
 
0
5
Transferencias
 
0
8
Aplicaciones Financieras
 
427.205.844
 II. Presupuesto de Inversiones
 
0
Adquisición de mobiliario y equip.inform.
0
 
Adquisición de vehículos
0
 
Adquisición de maq. y equipos para servicios en tierra de aeronaves
0
Los objetos del Grupo "O", "Servicios Personales", "Cargas Legales sobre Servicios Personales" y "Subsidios y Otras Transferencias" en lo relativo a Beneficios sociales, incluyen los incrementos salariales a enero de 2015 Los montos y retribuciones personales corresponden a una dedicación de 8 horas de trabajo diario por cinco días a la semana, o cómputo equivalente a 40 horas semanales. Las partidas a que refiere el artículo 7, están expresadas a valores de enero 2015.


		
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