Fecha de Publicación: 23/11/2023
Página: 20
Carilla: 20

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE VIVIENDA Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL

                               Decreto 339/023

Apruébanse las partidas presupuestales correspondientes al Presupuesto de Recursos, Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones del Banco Hipotecario del Uruguay para el ejercicio 2024.
(5.193*R)

MINISTERIO DE VIVIENDA Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL
 MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

                                         Montevideo, 26 de Octubre de 2023

   VISTO: el proyecto de Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones del Banco Hipotecario del Uruguay correspondiente al ejercicio 2024;

   CONSIDERANDO: que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido su informe favorable y el Tribunal de Cuentas su dictamen sin observaciones;

   ATENTO: a lo establecido en el artículo 221 de la Constitución de la República;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Apruébanse las partidas presupuestales correspondientes al Presupuest o de Recursos, Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones del Banco Hipotecario del Uruguay para el ejercicio 2024 de acuerdo con el siguiente detalle:

CONCEPTO
MONTO EN PESOS
I - INGRESOS.
5.996.591.497
II - EGRESOS.
5.148.868.616
1. Operativos
4.484.972.419
2. Financieros (Grupo 6)
584.453.143
3. Inversiones
79.443.054
III - RESULTADO PRESUPUESTARIO
847.722.881
IV- Variación de COLOCACIONES
1.787.483.346
V - Variación de DEPÓSITOS
-2.040.982.190
VI - RESULTADO OPERACIONES BANCARIAS
-253.498.844
VII - RESULTADO GLOBAL
594.224.037


		
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