PODER EJECUTIVO MINISTERIO DE VIVIENDA Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL
Decreto 339/023 Apruébanse las partidas presupuestales correspondientes al Presupuesto de Recursos, Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones del Banco Hipotecario del Uruguay para el ejercicio 2024. (5.193*R) MINISTERIO DE VIVIENDA Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS Montevideo, 26 de Octubre de 2023 VISTO: el proyecto de Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones del Banco Hipotecario del Uruguay correspondiente al ejercicio 2024; CONSIDERANDO: que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido su informe favorable y el Tribunal de Cuentas su dictamen sin observaciones; ATENTO: a lo establecido en el artículo 221 de la Constitución de la República; EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DECRETA:
Apruébanse las partidas presupuestales correspondientes al Presupuest o de Recursos, Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones del Banco Hipotecario del Uruguay para el ejercicio 2024 de acuerdo con el siguiente detalle:
CONCEPTO |
MONTO EN PESOS |
I - INGRESOS. |
5.996.591.497 |
II - EGRESOS. |
5.148.868.616 |
1. Operativos |
4.484.972.419 |
2. Financieros (Grupo 6) |
584.453.143 |
3. Inversiones |
79.443.054 |
III - RESULTADO PRESUPUESTARIO |
847.722.881 |
IV- Variación de COLOCACIONES |
1.787.483.346 |
V - Variación de DEPÓSITOS |
-2.040.982.190 |
VI - RESULTADO OPERACIONES BANCARIAS |
-253.498.844 |
VII - RESULTADO GLOBAL |
594.224.037 |