Fecha de Publicación: 23/11/2023
Página: 20
Carilla: 20

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE VIVIENDA Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL

Artículo 17

   COMPENSACIÓN POR MANEJO DE VEHÍCULOS OFICIALES. Los funcionarios que se desempeñen en la División Operaciones siempre que fuera posible, o de otra División si fuera necesario, a los que se encomiende el manejo de vehículos al servicio del Banco percibirán un complemento diario de $ 422 (a valor de enero 2023) por día en que efectivamente hayan realizado la tarea. Este complemento será incluido para el cálculo de horas extras o trabajo en días feriados o días libres.
   El monto asignado a la presente partida tiene un tope de $ 27.852 mensuales (a valor de enero 2023) cualquiera sea la cantidad de funcionarios en el período que la perciban.
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