PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE VIVIENDA Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL
Artículo 17
COMPENSACIÓN POR MANEJO DE VEHÍCULOS OFICIALES. Los funcionarios que se desempeñen en la División Operaciones siempre que fuera posible, o de otra División si fuera necesario, a los que se encomiende el manejo de vehículos al servicio del Banco percibirán un complemento diario de $ 422 (a valor de enero 2023) por día en que efectivamente hayan realizado la tarea. Este complemento será incluido para el cálculo de horas extras o trabajo en días feriados o días libres.
El monto asignado a la presente partida tiene un tope de $ 27.852 mensuales (a valor de enero 2023) cualquiera sea la cantidad de funcionarios en el período que la perciban.