Fecha de Publicación: 25/10/2022
Página: 4
Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 4

   Si la Administración no se pronuncia expresamente dentro de los quince días hábiles de presentación de la solicitud, la tarifa se considerará homologada, a menos que la Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica interrumpa el plazo por motivos fundados.
   Si un acuerdo internacional estableciere un plazo inferior para la aprobación tácita o un procedimiento diferente, se aplicarán las normas de tal acuerdo para la resolución de las peticiones presentadas al amparo del mismo, por las líneas aéreas designadas por los otros Estados Parte.
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