Fecha de Publicación: 27/08/2003
Página: 509-A
Carilla: 5

CONSEJO DE MINISTROS

Decreto 342/003

Dispónese que la Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua 
(URSEA), se vinculará con el Poder Ejecutivo a través del Ministerio de 
Industria, Energía y Minería.
(2.495*R)

MINISTERIO DEL INTERIOR
 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
  MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
   MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
    MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA
     MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS
      MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA
       MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
        MINISTERIO DE SALUD PUBLICA
         MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA
          MINISTERIO DE TURISMO
           MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO
            TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
             MINISTERIO DE DEPORTE Y JUVENTUD

                                          Montevideo, 18 de agosto de 2003
                                                                          
VISTO: la Ley Nº 17.598 de 13 de diciembre de 2002;

RESULTANDO: I) dicha ley creó como órgano desconcentrado del Poder 
Ejecutivo, la Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua (URSEA);

II) el inciso 2º del artículo 3º, dispone que el Poder Ejecutivo, 
actuando en Consejo de Ministros, en uso de las facultades que le 
confiere el artículo 174 de la Constitución de la República, determinará 
la vinculación de la URSEA con el mismo, inclusive los previstos en los 
artículos 118 y 119 de la misma;

CONSIDERANDO: I) que es conveniente que la referida vinculación, sin 
perjuicio de su funcionamiento en el ámbito de la Comisión de 
Planeamiento y Presupuesto, se concrete a través del Ministerio de 
Industria, Energía y Minería;

II) que el presupuesto de la Unidad Reguladora de Servicios de Energía y 
Agua (URSEA) deben ser aprobados por el Poder Ejecutivo, a sus efectos.

ATENTO: a lo expuesto, y a lo previsto por las leyes Nº 16.832, de 17 de 
junio de 1997 y Nº 17.598 de 13 de diciembre de 2002;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,                      
                    actuando en Consejo de Ministros;                     
                                                                          
                                 DECRETA:                                 

Artículo 1

 La Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua (URSEA), se 
vinculará con el Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Industria, 
Energía y Minería.

BATLLE, GUILLERMO STIRLING, GUILLERMO VALLES, ALEJANDRO ATCHUGARRY, 
YAMANDU FAU, LEONARDO GUZMAN, LUCIO CACERES, JUAN BORDABERRY, SANTIAGO 
PEREZ DEL CASTILLO, CONRADO BONILLA, MARTIN AGUIRREZABALA, SAUL IRURETA.


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