Todas las afiliaciones sin excepción se realizarán en las sedes asistenciales de los prestadores integrales de salud que cuenten con habilitación administrativa a tales efectos, debiéndose asegurar la disponibilidad de los recursos administrativos e informáticos que permitan realizar la afiliación con las garantías adecuadas, conforme a los procedimientos y mecanismos de autenticación que establezca a tal efecto el Ministerio de Salud Pública.
Capítulo II - Cambio de prestador integral de salud