Fecha de Publicación: 17/09/1992
Página: 356-A
Carilla: 2

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 13

   La Oficina de Planeamiento y Presupuesto asesorará al Poder Ejecutivo
respecto a la alternativa más conveniente en lo que refiere a la concesión
de la Represa de India Muerta pudiendo proponer modificaciones al contrato
de concesión correspondiente o eventualmente su rescisión, así como para
la ejecución de las nuevas obras a realizarse en base a lo dispuesto por
el artículo 4° de este Decreto.
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