En ningún caso se autorizará el traspaso o cesión total o parcial de
la titularidad del servicio si no se cumplen los siguientes requisitos.
A) Que la persona física o jurídica que pretenda obtener la autorización,
esté plenamente capacitada para ser titular de ella;
B) Que el postulante haya cumplido con todas las obligaciones de la
presente reglamentación;
C) Que cada autorización haya estado vigente por un término no menor de
cinco años.