De las infracciones que se constaten serán responsables el transportista
o el contratante del servicio, o ambos, en su caso, de acuerdo con los
hechos protagonizados por cada uno de ellos.
El contratante del servicio junto al transportista serán co-responsables
por los daños graves producidos a la infraestructura pública o por
irregularidades fiscales y/o previsionales, derivados del viaje de que se
trate, cuando contrate servicios de transporte, en forma reiterada, con
empresas que no integren el Registro de Empresas Transportistas
Profesionales y/o los vehículos no tengan el distintivo o placa adicional
a la matrícula.