La realización de estos remates no generará gastos con cargo a la
Dirección Nacional de Zonas Francas, siendo los mismos de cuenta y
riesgo del rematador-administrador.
Previo al remate se deberá acreditar ante la Dirección Nacional de
Zonas Francas la conformidad de los denunciantes con el porcentaje de
comisión a percibir por el rematador-administrador.