Fecha de Publicación: 01/02/1995
Página: 202-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 4

La declaración jurada deberá contener:
1º) Nombre y domicilio del denunciante.
2º) Nombre y domicilio del deudor (cuando corresponda).
3º) Inventario de la totalidad de las mercaderías, bienes o materias
primas objeto de la declaración de abandono, con indicación de cantidad,
tipo de útil si corresponde, Código NADI, número y fecha de formulario
de ingreso a zona franca (o del comprobante equivalente si el formulario
no se usaba al momento de su ingreso) y lugar específico de depósito de
las mismas.
4º) Liquidación del total de la deuda detallado mes a mes, a la fecha de
la declaración.
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