(Obligatoriedad de la inscripción y de la autorización). Para la prestación de los servicios y el ejercicio de las actividades enumeradas en el artículo 24, las empresas deberán reunir los requisitos determinados en el artículo 26 de la Ley N° 19.721, de 21 de diciembre de 2018, realizando el trámite correspondiente a través de los servicios en línea. Aquellas Instituciones, sociedades, o empresas en las que su actividad no sea la seguridad, pero cuenten con personal de seguridad privada en carácter de dependientes, estarán obligados a cumplir con los requerimientos de seguridad establecidos por la Dirección General de Fiscalización de Empresas (DI.GE.F.E.).