(Vigencia). Para todos los cargos de seguridad privada, en los que puedan ser autorizadas las personas físicas, y siempre que cumplan la totalidad de los requisitos exigidos en la normativa vigente, se otorgará una autorización cuya vigencia será de 5 (cinco) años renovables, la cual deberá tramitarse en todos los casos por el sistema en línea dispuesto a dichos efectos por el Ministerio del Interior.