Fecha de Publicación: 27/01/2022
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PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DEL INTERIOR

Artículo 78

   (De los cursos). Los cursos de personal sin arma tendrán una carga de 60 (sesenta) horas docentes, incluida la evaluación final.
   Para el personal con arma, a la duración del curso anterior se sumará una carga de 30 (treinta) horas docentes, incluida la evaluación final.
   El curso de actualización tendrá una duración 40 (cuarenta) horas docentes para Guardia sin armas, y 60 (sesenta) horas docentes para el personal armado.
   El curso de Encargado de Seguridad tendrá una carga no menor a 300 (trescientas) horas docentes.
   A los fines del presente Decreto, entiéndase por hora docente, la equivalente a 40 (cuarenta) minutos reloj.
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