Fecha de Publicación: 27/01/2022
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PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DEL INTERIOR

Artículo 79

   (De las especializaciones). Las especializaciones en las diferentes ramas establecidas anteriormente tendrán una duración de 20 (veinte) horas docentes para los Guardias sin arma y 40 (cuarenta) horas docentes cuando la función a desarrollar sea como Guardia armado, Guardaespaldas o escolta personal.
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