MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA
Los titulares de los criaderos habilitados deberán comunicar a la Dirección General de Recursos Naturales Renovables, en forma de Declaración Jurada, en formularios que se proveerán a los interesados, las altas y bajas de animales y productos en períodos que determinará dicha Dirección de acuerdo a la especie motivo de cría.Ayuda