Fecha de Publicación: 29/08/1994
Página: 814-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Fe de erratas publicada/s: 01/09/1994.

Artículo 25

   Sociedades Cooperativas. Las sociedades cooperativas que actualmente
desarrollan actividad aseguradora o reaseguradora en el territorio
nacional, podrán continuar operando bajo esa forma societaria, debiendo
dar cumplimiento a la Ley Nº 16.426 de 14 de octubre de 1993, a las
disposiciones contenidas en el presente Decreto y a las normas generales
o instrucciones particulares que dicte la Superintendencia de Seguros y
Reaseguros.
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