Sociedades Cooperativas. Las sociedades cooperativas que actualmente
desarrollan actividad aseguradora o reaseguradora en el territorio
nacional, podrán continuar operando bajo esa forma societaria, debiendo
dar cumplimiento a la Ley Nº 16.426 de 14 de octubre de 1993, a las
disposiciones contenidas en el presente Decreto y a las normas generales
o instrucciones particulares que dicte la Superintendencia de Seguros y
Reaseguros.