Fecha de Publicación: 09/11/2012
Página: 6
Carilla: 6

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 10

 Conservación:

En el caso que el estado de deterioro comprometa la integridad del
documento, se procederá a la restauración del mismo por el profesional del
área correspondiente, siguiendo los fundamentos técnicos y éticos
delineados por el Sistema Nacional de Archivos y el Consejo Internacional
de Archivos.
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