El Fondo Nacional de Recursos tendrá el carácter de persona pública no
estatal y será administrado por una Comisión Honoraria Administradora.
Esta Comisión estará integrada por:
A) Tres representantes del Ministerio de Salud Pública, uno de los
cuales será el Ministro de Salud Pública o quien lo represente.
B) El Ministro de Economía y Finanzas o quien lo represente.
C) Tres representantes de las Instituciones de Asistencia Médica
Colectiva o Asociaciones de Segundo Grado integradas por las
mismas.
D) Un representante de los Institutos de Medicina Altamente
Especializada.
E) Un representante del Banco de Previsión Social.