Fecha de Publicación: 13/08/1993
Página: 184-A
Carilla: 4

MINISTERIO DE SALUD PUBLICA

Artículo 25

   Las Instituciones u Organismos representados en la Comisión Honoraria
Administradora podrán hacer uso del procedimiento para el relevo previsto
en el Artículo anterior, mediante la utilización de idéntico procedimiento
que para la designación.
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