Fecha de Publicación: 13/08/1993
Página: 184-A
Carilla: 4

MINISTERIO DE SALUD PUBLICA

Artículo 26

   La Comisión Honoraria Administradora tendrá la potestad de autorizar
los gastos necesarios a los efectos de llevar a cabo los objetivos del
Fondo Nacional de Recursos.
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