MINISTERIO DE SALUD PUBLICA
Hasta tanto no estén designados los nuevos representantes a que refieren los Artículos 19o., 20o. y 21o. de este Decreto, continuarán en funciones los actuales representantes del Ministerio de Salud Pública, del Ministerio de Economía y Finanzas, de las Instituciones de Asistencia Médica Colectiva y de los Institutos de Medicina Altamente Especializada.Ayuda