Fecha de Publicación: 11/01/2016
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Carilla: 20

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE TURISMO

Artículo 3

   La transferencia de recursos materiales, comprende la reasignación de créditos presupuestales correspondientes a los objetos de gasto que se detallan en el listado adjunto, individualizado como ANEXO IV, el que se considera parte integrante de este Decreto.
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