PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
Artículo 2
Comuníquese, publíquese y archívese.
LACALLE POU LUIS; OMAR PAGANINI; AZUCENA ARBELECHE.
"Ver información adicional en el Diario Oficial digital."
//tevideo, 16 DIC. 2020
Resol. No. 1341/20 (Acta 2810)
VISTO: lo que surge de las presentes actuaciones.
RESULTANDO: la propuesta de nueva estructura de cartera de productos de telefonía fija y telecomunicaciones públicas elevada por las gerencias competentes, incluyendo los correspondientes análisis de costos en el marco de lo dispuesto por el inciso II del Art. 12 del D.L. N° 14.235 en su actual redacción.
CONSIDERANDO: el precepto de asegurar una administración eficiente consagrada en el Art. 60 de la Constitución de la República, corresponde acceder a lo solicitado por los Servicios en base a los fundamentos que allí se expresan.
ATENTO: a lo establecido en el Art. 60 de la Constitución de la República y a lo informado por División Marketing.
EL DIRECTORIO DE ANTEL RESUELVE:
1°.- Aprobar la propuesta de nueva estructura de precios de las tarifas de servicios de Telefonía y Telecomunicaciones Públicas a proponer al Poder Ejecutivo, consignadas en el Boletín de Tarifas de acuerdo al Anexo adjunto a la presente.
2°.- Determinar cómo fecha de vigencia de estas modificaciones el 1° de enero de 2021.
3°.- Remitir al Poder Ejecutivo a los efectos correspondientes.
4°.- Comuníquese a Gerencia General y Sub Gerencia General Estrategia de Negocios.
Pase a Gerencia General, Sub Gerencia General Estrategia de Negocios y Gerencias de División Marketing, Atención de Clientes, Económico Financiera y Gestión Comercial.-
Exp. 2020/03435
JCL/np
GABRIEL GURMÉNDEZ ARMAND-UGON, PRESIDENTE; Elena Grauert Harmann, Abogada, Secretaria General; Cr. Mario García, Gerente de División Marketing.
"Ver información adicional en el Diario Oficial digital."