PODER EJECUTIVO MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Sustitúyese el artículo 2° del Decreto N° 363/011 de 18 de octubre de 2011, por el siguiente: "El presente decreto regirá para prestaciones de servicios o enajenaciones de bienes facturadas a partir del primer día del mes siguiente al de su publicación hasta el 31 de diciembre de 2015."Ayuda